Atlántico Diario: Entrevista a la Conselleira de Vivenda, María Martínez Allegue, “Me gusta Navia y vamos a hacer más en Vigo con un 20% de vivienda libre»

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Se autoriza y aprueba el proyecto de ejecución de la infraestructura gasista en los polígonos 1, 2 y 3 de San Paio de Navia

DOG Núm. 182 Viernes, 20 de septiembre de 2024 Pág. 51534

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2024, del Departamento Territorial de Pontevedra, por la que se autoriza administrativamente y se aprueba el proyecto de ejecución de la infraestructura gasista consistente en la instalación de gas natural canalizado en los polígonos 1, 2 y 3 San Paio de Navia, en el ayuntamiento de Vigo, promovido por Nedgia Galicia, S.A. (expediente IN627A 2022/001-4).

Expediente: IN627A 2022/001-4.

Promotora: Nedgia Galicia, S.A. (NIF A15383284).

Infraestructura gasista: construcción de instalaciones de distribución de gas natural.

Ayuntamiento: Vigo.

Hechos:

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La última revisión del Mapa de Ruidos de Vigo señala un punto negro en Navia

De la publicación del último Mapa Estratégico de Ruidos (MER) del Concello de Vigo, 4ª Fase, se destaca en Navia uno de los puntos negros de la ciudad, principalmente por la subida del nivel de ruido generado por la VG-20 debido a su aceleración desde la rotonda hacia fuera de Vigo.

Ruidos Vigo según población y Ejes Viarios

Ruidos Vigo según población y Ejes Viarios

«la autovía VG-20 es la vía de alta capacidad responsable de la mayor incidencia sobre la población, esencialmente debido a su paso por el nuevo desarrollo urbano del polígono de Navia que transcurre contiguo a la VG-20 sin ningún tipo de medida correctora (situación que ya se ha destacado en anteriores ediciones del mapa y planes de acción  correspondientes). El 55 % de la población expuesta a niveles de ruido globales Lden superiores a 65 dBA por la emisión de grandes ejes viarios se debe únicamente a esta vía de gran capacidad, alcanzando el 60% en el caso de exposición nocturna Ln a niveles de ruido superiores a 55 dBA.»

Según este estudio, unos 4000 habitantes de Navia cercanos a la VG-20 estarían expuestos a niveles superiores de ruidos nocturnos de 55dB y de media unos 3600 habitantes a ruidos superiores a 65dB.

El anterior estudio, la 3ª fase que data de 2017, marcaba una menor incidencia del ruido en los edificios impares de Teixugueiras desde el número 19 al 29 que se ha incrementado hasta en 2,8dB en estos 5 años y en los que no se ha aplicado medida correctiva alguna:

Comparación de niveles de  ruido en la zona de Navia

Comparación de niveles de ruido en la zona de Navia

La Figura muestra un ejemplo del efecto que produce en la huella de ruido el incorporar en esta 4ªFase del MER diferentes tramos de aceleración en los ejes viarios, gracias al nuevo modelo de cálculo CNOSSOS-EU. Como se puede ver, al incluir en la autovía VG-20, en la zona de Navia, distintos tramos de aceleración, con velocidades desde 0 o 20 km/h (rotonda inicial) hasta los 120 km/h máximos permitidos, la exposición al ruido de las fachadas de las viviendas más próximas al vial se va incrementando progresivamente en dirección salida, en comparación con los resultados de la 3ªFase, en donde la huella es uniforme de principio a fin. En este caso, además, la intensidad de tráfico en dicho tramo se ha visto incrementada en cerca de un 40% en el periodo diurno, cuyo índice L d es el
representado en la figura, por lo que no se trata aquí de comparar los niveles de ruido alcanzados en las fases 3ª y 4ª, sino de observar el citado efecto de los tramos de aceleración que se incluyen con el método CNOSSOS-EU, empleado en la presente revisión del MER.

Mientras en estos años la reducción de la velocidad de 50 a 30 en gran parte de las ciudades, así como algunas humanizaciones, han colaborado a la reducción de los ruidos generados por el tráfico en Vigo, en Navia, por contra, se da la situación contraria en la que la no aplicación en estos años de medidas correctoras (como la reducción de velocidad, pantallas acústicas, soterramiento, radar o bandas sonoras) y el aumento del tráfico han justificado el importante crecimiento del ruido. 

La solución más efectiva pasa por el soterramiento de la VG-20 y la VI-30 pero debido al coste de la obra y las distintas administraciones implicadas, no parecen tenerlo entre sus principales prioridades mientras que las otras medidas posibles se plantean como parches pero no como soluciones al problema de ruidos y, de paso, a otros problemas relacionados con los servicios, la movilidad, la integración con otros barrios, etc.

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Nuevos índices 2023 para las «hipotecas convenidas» adscritas a los planes de vivienda

El Consejo de Ministros del pasado martes 4 aprobó el acuerdo de modificación de los tipos de interés aplicables a quienes tienen una hipoteca de un piso protegido mediante el marco de “hipoteca convenida” en algunos de los planes de vivienda recientes.

Esta actualización nos «ayuda» porque no se ha considerado la última actualización de IRPH de febrero de 2023 y hace las cuentas en base a los de enero y anteriores. En esta senda creciente, cada mes que se hubiera anticipado la publicación del índice hubiera jugado de forma importante a nuestro favor. La norma dice que el índice se acuerda en el primer trimestre de cada año y hemos esperado a salir de trimestre y entrar en el segundo trimestre para que se resolviera la duda. 

Este año va a ser el que, a corto plazo, se muestre más asequible. Es previsible que a lo largo del año el IRPH siga su subida ascendente y que para el año que viene bien podría rondar el índice nuevo el orden de los 5 – 5.25 puntos, por tanto casi doblando el actual. Es, por tanto, tiempo de amortizar capital quien pueda hacerlo a lo largo de los próximos meses o incluso en los próximos 30 días, aunque dada la situación económica no parece que muchos podamos maniobrar en este sentido.

Así se nos comunica en la referencia del Consejo de Ministros del 4/4/2023:

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Nuevos índices 2022 para las «hipotecas convenidas» adscritas a los planes de vivienda

El Consejo de Ministros de este pasado martes aprobó el acuerdo de modificación de los tipos de interés aplicables a quienes tienen una hipoteca de un piso protegido mediante el marco de “hipoteca convenida” en algunos de los planes de vivienda recientes.

Esta actualización supone un ligero incremento de 0,08-0,13% aproximadamente en los indicadores de los planes más recientes, lo que supone que casi no varíe la cuota típica mensual para un piso al que le queden unos 20 años de amortización pendiente. Es bastante menos de lo que ya se reflejó el pasado año a pesar de que los índices referidos a Euribor siguen cayendo a negativos, el IRPH se sigue manteniendo convenientemente alto por parte de la banca.

Así se nos comunica en la referencia del Consejo de Ministros del 29/3/2022:

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El Concello aprobará en 12 días el proyecto de urbanización de Navia pero urge el instituto

NOTICIA EN FARO DE VIGO:

El Concello aprobará en días el proyecto de urbanización de Navia pero urge el instituto

El crecimiento del barrio más joven de la ciudad avanza en sus trámites burocráticos. El Concello dará luz verde en la próxima semana a la primera fase de ampliación del PAU de Navia, lo que permitirá la construcción de 79 nuevas viviendas. Así lo confirmó el alcalde después de recibir el proyecto definitivo por parte de la Xunta.

Abel Caballero criticó que el gobierno de Núñez Feijóo “lo retrasó 12 años” en referencia al tiempo transcurrido desde su toma de posesión, en marzo de 2009, al primer envío sobre estos documentos en abril de 2021.

Después de que ambas administraciones efectuaran las correcciones necesarias, el plan definitivo de urbanización llegó al gobierno local la semana pasada, por lo que estará aprobado “en doce días” según confirmó Caballero.

Ésta no será la única actuación en el polígono con novedades. Dos años después de que el Concello trasladara sus condiciones para la construcción de un instituto de secundaria en el barrio, el regidor ha vuelto a enviar una carta al presidente Fejioó, del cual asegura que “sigue maltratando a esta ciudad”.

En esta segunda misiva –la primera, del 11 de febrero de 2020, no obtuvo respuesta– el primer edil vigués recuerda que los estudiantes del barrio deben desplazarse unos 20 km a diario hasta Valladares.

Ver noticia original en el Faro de Vigo

NOTICIA EN LA VOZ DE GALICIA – ED. VIGO:

Caballero desbloqueará «en doce días» la nueva urbanización de Navia

El Concello de Vigo prevé aprobar dentro de doce días el plan de urbanización de la nueva fase de Navia donde la Xunta, así como promotoras con permutas y cooperativas, aspiran a construir 1.600 viviendas de promoción pública (VPP). La Xunta se había quejado en los últimos días de que el ayuntamiento estaba demorando continuamente la aprobación. Estos retrasos pusieron nerviosos a más de un millar de candidatos de las cooperativas que esperan a obtener suelo para construir.

El alcalde de Vigo, Abel Caballero, también insistió en que la Xunta debe construir un instituto de bachillerato en el barrio, una reivindicación de los vecinos de Navia desde hace más de una década.

Caballero indicó que la Xunta tardó 12 años en presentar su plan de urbanización de la ampliación de Navia mientras que él lo va a aprobar en doce días.

La aprobación se refiere al primer plan remitido por la Xunta y será validado la próxima semana, menos de dos semanas después de su entrada en el Concello. Caballero lo contrastó con los plazos autonómicos y afirmó que la primera versión de este proyecto fue remitida por la Xunta en abril del año pasado, doce años después de la llegada de Feijoo a la presidencia.

Además, Caballero envió otro escrito demandando nuevamente la construcción de un instituto en Navia.

El alcalde recordó que la versión inicial del proyecto se remonta a abril del 2021. El Gobierno local hizo sus correcciones y lo envió de vuelta a la sede de la Xunta en Santiago. La pasada semana, afirmó el alcalde, entró en la Administración local viguesa el proyecto definitivo. Culpa a la Xunta de todos los retrasos.

Ver noticia original en La Voz de Galicia

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La Xunta garantiza que el 90% de los viales de la nueva ampliación de Navia serán accesibles

La Xunta garantiza que el 90% de los viales de la nueva ampliación del polígono de Navia, que suponen un total de 7 kilómetros, serán accesibles para usuarios con algún tipo de discapacidad. Y también se habilitará un recorrido practicable a todos los equipamientos y áreas de ocio.

Entre las principales medidas y soluciones previstas, destacan 74 vados peatonales elevados, bandas podotáctiles, y aceras y calzadas a la misma cota en todos los puntos de cruce y en el viario vertebrador.

También están proyectadas 48 plazas de aparcamiento para personas con discapacidad y además en el mobiliario urbano se primarán los diseños y materiales respetuosos con el medio ambiente.

De hecho, los bancos se fabricarán a partir de envases de plástico reciclado.

Ver noticia original en Faro de Vigo

NOTICIA ATLÁNTICO DIARIO:

El nuevo Navia toma forma para su inicio este año

Imagen de cómo sería la nueva fase del polígono de Navia una vez se desarrolle.

El viario tendrá 7 kilómetros y estará adaptado a discapacidad y bicis. Los edificios costarán unos 250 millones

La ampliación de Navia para la construcción de 1.600 nuevas viviendas protegidas tendrá en cuenta la accesibilidad tanto en el diseño como en la ejecución de las obras de urbanización: el 90% de los caminos, de un total de siete kilómetros proyectados, serán accesibles para usuarios con algún tipo de discapacidad y, además, se garantizará un recorrido practicable a todos los equipamientos y áreas de ocio. Destaca la Consellería de Medio Ambiente, que impulsa el polígono, la instalación de 74 vados peatonales elevados o de aceras y calzadas en todos los puntos de cruce y en el viario vertebrador, con 1,3 kilómetros de longitud y en el que se le dará prioridad a peatones y ciclistas. Con respecto al mobiliario urbano, se primarán los diseños y materiales respetuosos con el medio ambiente. Las fuentes de agua y los 70 bancos que se distribuirán serán accesibles, y en el caso de las áreas de ocio se optará por mesas adaptadas. Se tendrá en cuenta que vayan colocados fuera de los itinerarios peatonales y que tengan espacio libre de obstáculos.

El pasado 11 de mayo el IGVS remitió al Concello la documentación relativa a las tres fases en las que se dividirán las obras de urbanización. Destaca la Xunta que el gobierno municipal tendrá que aprobar los proyectos y someterlos a exposición pública. Una vez recibidos estos informes, la Administración local dispondrá de tres meses para proceder a la aprobación definitiva de los proyectos de las fases 1, 2 y 3, paso indispensable para poder licitar las obras. La aprobación de los proyectos de urbanización facultará a la Xunta a llevar a cabo a expropiación de los terrenos que no se pudieron adquirir aún mediante compraventa o permuta. Una vez con la totalidad de los terrenos de Navia, el IGVA procederá a licitar la primera fase de la urbanización y este mismo año se podrá iniciar la comercialización de las primeras parcelas para que empresas y cooperativas puedan iniciar la edificación: hay una avalancha de propuestas ante la Consellería. Los edificios del nuevo Navia exigirán una inversión de 250 millones por promotores públicos y privados sobre una superficie de 265.000 metros.

Ver noticia original en Atlántico Diario

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Nuevas limitaciones de velocidad en el barrio

El Concello acaba de publicar su mapa de velocidades de mayo de 2021 donde se informa de las nuevas velocidades que establece el Concello en aplicación de la nueva normativa de circulación que establece límites de 20km/h en vías con nivel compartido de peatones y vehículos, así como 30km/h en vías de un carril por sentido.

Mapa Velocidades Concello Vigo - Navia Mayo-2021

Mapa Velocidades Concello Vigo – Navia Mayo-2021

En nuestro barrio aplica una restricción adicional en las calles Teixugueiras, Ufas, Pedra Seixa (tramo frente a escuela infantil-colegio-APAMP-Alento) y Poza Cabalo, además de los accesos a Teixugueiras desde la VG-20 y Ricardo Mella. En particular las vías mencionadas son de dos carriles por sentido que prevalecería la regla de los 50km/h pero que por ser zona residencial se rebaja a 30 km/h, restricción que antes sólo estaba vigente en los pasos de peatones elevados.

Límite30

La marca vial horizontal de la limitación a 30 ha sido pintada en los accesos a Teixugueiras y es de esperar que en breve se amplíe el resto de señalización.

La calle Limpiño no precisa señalización pues por ser de un carril por sentido es por defecto limitada por la norma a 30km/h, al igual que Poza Cabalo, sin embargo esta última sí queda reflejada en el mapa a día de hoy como afectada por dicha limitación.

La calle Lamelas no parece estar afectada actualmente por la restricción o al menos el mapa detallado que acompañamos no lo indica, siendo una vía de dos carriles por sentido así como Pedra Seixa, que el tramo desde Poza Cabalo hasta Lamelas tampoco parece estar afectada por restricción adicional alguna.

Otra interpretación que se puede hacer de la señalización horizontal a la entrada del polígono bien puede ser que todo el mismo se encuentra limitado a 30 km/h, aunque entendemos esto como algo interpretable.

Caso curioso el de la Calle San Paio que queda limitada a 40, por encima de la norma ,cuando es una calle de un carril por sentido, justito, sin línea de división de carriles ni arcenes en gran parte de ella. Debería ser una calle limitada a 20 o directamente convertirla en vía de único sentido, pero esa es otra historia. 🙂

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Disponible el bono de comercio de la Xunta por 30€ a descontar en compras del comercio local

Está abierta la posibilidad de solicitar el bono comercio de 30 € de la Xunta.

Permite descuentos en los comercios adheridos. 5€ por compra superior a 30€ y 10€ por compra superior a 50€ hasta agotar los 30€.

https://www.bonosactivacomercio.gal/es/inicio/

Para solicitarlo desde la web se registra cada uno con su DNI, email, contraseña y código postal. Se descarga y se gestiona con una aplicación. El importe ha de consumirse antes del 3 de agosto.

El plazo de inscripción de comercios está abierto hasta el 15 de mayo así que no descartamos que en los próximos días se incorporen más comercios del barrio además de los actualmente inscritos:

MAYA MODA INFANTIL – TEIXUGUEIRAS 10 BAJO 3
SINAVIA – C / As Teixugueiras, 11 – P4 Bajo
Natursueño Navia – Rúa das Teixugueiras, 16
Optica Eduardo Varela – Teixugueiras 16 bajo
N&L – TEIXUGUEIRAS, 19 LOCAL 10 BAJO
Herboristería Raíces – C\ As Teixugueiras Nº19 Local 11
EL PINCEL-LA VENTANA NATURAL – TEIXUGUEIRAS 23 LOCAL 2
Optica Studio – Teixugueiras 23, Navia
NAVIA CENTER – RÚA TEIXUGUEIRAS, 25
PERFUMERÍA CONDE – Rúa As Teixugueiras, 26
1 2 3 WASH LAVANDERIA EXPRESS – Teixugueiras 27
Spazio Bello – Rúa das Teixugueiras, 32 local 3

Todos ganamos, nosotros un descuento como consumidores y el comercio local que se le reembolse el importe descontado hasta un máximo de 5000€.

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Mil árboles del Concello a Navia

El Concello plantará un millar de árboles en Navia en la zona entre Teixugueiras y Limpiño y en otras partes del polígono, según anunció ayer Abel Caballero en un recorrido. Recordó que la Administración gallega entregó Navia hace años sin árboles, “y ahora vamos a plantar mil”, dijo. Señaló el alcalde que se trata de ir generando bosques, uno de castaños, otro de robles y otro atlántico, con especies que se adapten a la zona y formando espacios distintos. “Voy a encargar el diseño de forma inmediata, de forma que en octubre podamos plantar un millar”, señaló el alcalde, quien anotó que Navia tiene que tener también al estilo de la avenida Castelao diferentes zonas, por lo que se instalarán mesas de juego y zonas de expansión entre los árboles, dejando al mismo tiempo el espacio preparado para hacer la pista de skate cubierta que haremos en esta zona».
[Opinión]
A estas alturas de la vida en el barrio, para algunos de nosotros no es ya tan importante que nos planten cualquier cosa de la que se acuerden que necesitamos como que de que se acuerden del mantenimiento de lo que sea que tengamos en el barrio…
No ha habido mantenimiento, más que el justo, de palmeras, de árboles, de estanques, de zonas verdes, de paneles solares, pero bueno, si de 1000 nuevos árboles sobreviven 100 algo ganaremos…
A ver si el «Parque Nelson Mandela» deja de ser un recuerdo de una sabana africana que de un bosque autóctono y un espacio fresco y verde para nosotros (y de paso para algunos otros animales del ecosistema) que haga esta parte de la ciudad más natural…

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El PP reclamará el soterramiento de la VG-20

Pues nada, ya está, todos a favor del soterramiento de la VG-20… lo pueden hacer cuando gobiernan pero es mejor pedirlo cuando no se tiene la competencia… Y entonces… ¿»Pa’cuando» lo tendremos soterrado dicen sus señorías?
 
Vigo / La Voz 20/04/2021 22:01 h
 
El grupo popular en el Parlamento gallego reclamará la próxima semana al Gobierno central una solución para «as carencias estructurais» de Vigo. El portavzo del PPdeG, Pedro Puy, avanzó hoy una lista de los proyectos que, a su juicio, han desaparecido de los planes presupuestarios de Pedro Sánchez. Entre ellos están […] el soterramiento de la circunvalación en Navia, […]
 
El PP presentará una proposición no de ley para reactivar todos estos proyectos que «permanecen durmidos». Es evidente que los populares quieren evidenciar que el Ejecutivo central no está brindando a la ciudad el apoyo del que presume el alcalde, Abel Caballero. […]

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Nuevos tipos de interés 2021 para préstamos Convenidos viviendas Planes VPO

Resolución de 24 de marzo de 2021, de la Dirección General de Vivienda y Suelo, por  la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 23 de marzo de 2021, por el  que se revisan y modifican los tipos de interés efectivos anuales vigentes para los  préstamos cualificados o convenidos concedidos en el marco del Programa 1997 del  Plan de Vivienda 1996-1999, Plan de Vivienda 2002-2005 y Plan de Vivienda 2005-2008.

 

Publicado en: «BOE» núm. 83, de 07/04/2021.

Acuerdo por el que se revisan y modifican los tipos de interés efectivos anuales vigentes para los préstamos cualificados o convenidos concedidos en el marco del programa 1997 del Plan de Vivienda 1996-1999, Plan de Vivienda 2002-2005 y Plan de Vivienda 2005-2008

En los Planes Estatales de Vivienda 1996-1999, 2002-2005 y en el 2005-2008, se establecieron los criterios para fijar los tipos de interés efectivos anuales, iniciales, de los préstamos a conceder por las entidades de crédito, en el marco de los convenios de colaboración, suscritos por éstas, con los Ministerios correspondientes, competentes en materia de vivienda, para financiar las actuaciones declaradas como protegidas en esos planes, así como, en algún caso, sus revisiones.

En las normativas reguladoras de dichos planes, se establecieron también, los momentos, fechas o periodicidad y los métodos aplicables para efectuar las revisiones establecidas, de los tipos de interés efectivos anuales, aplicables a los préstamos cualificados y convenidos.

Por Acuerdos del Consejo de Ministros de 13 de abril de 2018 y 31 de marzo de 2020 se realizó la última revisión de los tipos de interés aplicables a los préstamos cualificados acogidos al Programa 1997 del Plan 1996-1999, y a los Planes 2002-2005 y 2005-2008, respectivamente, quedando fijados los tipos de interés en el 1,72 por 100 anual para el Programa 1997, en el 1,67 por 100 anual para el Plan 2002-2005 y en el 1,66 para el Plan 2005-2008.

Procede, nuevamente, efectuar una revisión de estos tipos de interés efectivos anuales, aplicando las metodologías correspondientes, atendiendo en cada caso, a las consideraciones siguientes:

I. Programa 1997 del Plan 1996-1999

Según la Orden de 17 de abril de 1997, la revisión del tipo de interés efectivo, se calculará mediante un tipo medio de referencia, obtenido como promedio de los seis últimos meses con la información disponible publicada del tipo de referencia de los préstamos hipotecarios del conjunto de entidades financieras ponderando el doble del valor el correspondiente a los dos últimos meses. El tipo de interés efectivo revisado será, en cada caso, el 90 por 100 del valor del tipo medio de referencia. El nuevo tipo se aplicará si la diferencia respecto al vigente difiere, en el momento de la revisión, al menos un punto porcentual.

En concordancia con lo anterior, los valores correspondientes a los seis últimos meses, a la fecha de inicio de la tramitación del expediente, para los que el Banco de España ha publicado índices de referencia de tipos de interés correspondientes al conjunto de entidades de crédito son, en tanto por ciento:

– Agosto 2020: 1,743.

– Septiembre 2020: 1,700.

– Octubre 2020: 1,663.

– Noviembre 2020: 1,661.

– Diciembre 2020: 1,563.

– Enero 2021: 1,558.

Tipo revisado resultante préstamos:

Programa 1997, del Plan 1996-1999

Imagen: /datos/imagenes/disp/2021/83/5396_9076980_1.png

Redondeado a dos decimales: 1,46.

Este tipo no difiere en más de un punto porcentual del tipo vigente desde 2018: 1,72 %.

Por tanto, el tipo de interés efectivo anual resultante de la revisión efectuada en el primer trimestre del 2021, aplicable a los préstamos concedidos por las entidades de crédito, en el marco de los convenios con el Ministerio de Fomento (actualmente Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana), para el programa 1997, continuará siendo del 1,72 por ciento anual.

II. Plan 2002-2005

En el primer trimestre del año 2021, procede, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 5.c) del Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, sobre medidas de financiación del Plan de Vivienda 2002-2005, revisar y modificar, en su caso, el tipo de interés efectivo anual vigente aplicable a la totalidad de los préstamos concedidos o a conceder en el marco del Plan de Vivienda.

Según el artículo 5.c) del citado real decreto, el tipo de interés revisado de los préstamos a conceder en el marco de los distintos programas del Plan 2002-2005, será igual a la media de los valores de los dos últimos meses, con información disponible, del tipo porcentual de referencia, redondeado a dos decimales, de los préstamos hipotecarios del conjunto de entidades de crédito elaborado por el Banco de España, afectada dicha media por un porcentaje. Dicho porcentaje será el 91,75 por 100, establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de abril de 2002, como consecuencia de la aplicación de un sistema de ofertas competitivas, por parte de las entidades de crédito que se propusieron colaborar en la financiación del Plan 2002-2005.

La aplicación de dicho sistema de ofertas competitivas, se efectuó siguiendo lo establecido en la Orden FOM/268/2002, de 11 de febrero, que desarrolla y concreta el procedimiento a seguir al respecto.

En concordancia con lo anterior, los valores correspondientes a los dos últimos meses, a la fecha de inicio de la tramitación del expediente, para los que el Banco de España ha publicado índices de referencia de tipos de interés correspondientes al conjunto de entidades de crédito son, en tanto por ciento:

– Diciembre 2020: 1,563.

– Enero 2021: 1,558.

Tipo revisado resultante préstamos:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2021/83/5396_9076981_1.png

Redondeado a dos decimales: 1,43.

Por tanto, el tipo de interés efectivo anual resultante de la revisión efectuada, aplicable a los préstamos concedidos por las entidades de crédito, en el marco de los convenios suscritos con el Ministerio de Fomento (actualmente Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana) para la financiación del Plan de Vivienda 2002-2005, será del 1,43 por ciento anual.

III. Plan de Vivienda 2005-2008

En el primer trimestre del año 2021, procede, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 9.3 del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, sobre medidas de financiación del Plan de Vivienda 2005-2008, revisar y modificar, en su caso, el tipo de interés efectivo anual vigente aplicable a la totalidad de los préstamos concedidos o a conceder en el marco del Plan de Vivienda.

Según el artículo 9.3 del citado real decreto, el tipo de interés revisado de los préstamos concedidos en el marco de los distintos programas del Plan 2005-2008, será igual a la aplicación de un coeficiente reductor a la media de los tres últimos meses, con información disponible, del tipo porcentual de referencia, redondeado a dos decimales, de los préstamos hipotecarios del conjunto de entidades de crédito elaborado por el Banco de España. El coeficiente reductor será el 0,9175, establecido mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de abril de 2002.

En concordancia con lo anterior, los valores correspondientes a los tres últimos meses, a la fecha de inicio de la tramitación del expediente, para los que el Banco de España ha publicado índices de referencia de tipos de interés correspondientes al conjunto de entidades de crédito son, en tanto por ciento:

– Noviembre 2020: 1,661.

– Diciembre 2020: 1,563.

– Enero 2021: 1,558.

Tipo revisado resultante préstamos:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2021/83/5396_9076982_1.png

Redondeado a dos decimales: 1,46.

Por tanto, el tipo de interés efectivo anual resultante de la revisión efectuada, aplicable a los préstamos concedidos por las entidades de crédito, en el marco de los convenios con el Ministerio de Vivienda, y actualmente con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, para la financiación del Plan de Vivienda 2005-2008, será del 1,46 por ciento anual.

En su virtud, a propuesta de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, el Consejo de Ministros, en su reunión de de de 2021,

7

Primero. Permanencia del tipo de interés efectivo anual, revisado, aplicable a los préstamos cualificados concedidos en el marco del programa 1997 del Plan de Vivienda 1996-1999.

El tipo de interés efectivo anual aplicable a los préstamos cualificados concedidos por las entidades de crédito para financiar actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo, en el marco de los convenios suscritos para el Programa 1997 del Plan de Vivienda 1996-1999, entre las entidades de crédito, y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, continuará siendo del 1,72 por ciento anual.

Segundo. Nuevo tipo de interés efectivo anual, revisado y modificado, aplicable a los préstamos cualificados concedidos para la financiación del Plan de Vivienda 2002-2005.

1. El nuevo tipo de interés efectivo anual aplicable a los préstamos cualificados concedidos por las entidades de crédito, para financiar actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo, en el marco de los convenios suscritos para el Plan de Vivienda 2002-2005, entre las entidades de crédito y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana será del 1,43 por ciento anual.

2. Este tipo de interés revisado y modificado, será de aplicación, asimismo, a todos los préstamos cualificados concedidos por las entidades de crédito en el ámbito de los convenios para la financiación de actuaciones protegidas del Plan de Vivienda 2002-2005, a partir del primer vencimiento que se origine, una vez transcurrido un mes desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercero. Nuevo tipo de interés efectivo anual, revisado y modificado, aplicable a los préstamos convenidos concedidos para la financiación del Plan de Vivienda 2005-2008.

1. El nuevo tipo de interés efectivo anual aplicable a los préstamos convenidos concedidos por las entidades de crédito, para financiar actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo, en el marco de los convenios suscritos para el Plan de Vivienda 2005-2008, entre las entidades de crédito y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, será del 1,46 por ciento anual.

2. Este tipo de interés será de aplicación a todos los préstamos convenidos ya concedidos por las entidades de crédito colaboradoras, correspondientes al citado Plan 2005-2008, salvo a los que se refiere el apartado 1.b) de la disposición transitoria primera del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, que se regirán por lo dispuesto en la Orden FOM/268/2002, de 11 de febrero, y en los Acuerdos del Consejo de Ministros que revisen el tipo de interés de los préstamos convenidos del Plan de Vivienda 2002-2005. El nuevo tipo de interés será de aplicación desde el primer vencimiento que se produzca, transcurrido un mes de la publicación de este Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».

 

Cuarto. Aplicación de los nuevos tipos de interés modificados sin costes para los prestatarios.

Las entidades de crédito que concedieron los correspondientes préstamos cualificados o convenidos, a que se refieren los apartados anteriores de este acuerdo, aplicarán el nuevo tipo de interés establecido sin coste para los prestatarios.

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D.O.G. 6/4/21 – Aprobación y exposición de proyectos de expropiación forzosa para la ejecución de los Polígonos I-II-III del Plan parcial de San Paio de Navia (Vigo)

INSTITUTO GALEGO DA VIVENDA E SOLO

RESOLUCIÓN do 18 de marzo de 2021 pola que se aproban inicialmente e se someten a información pública os proxectos de expropiación forzosa dos bens e dereitos que se precisan ocupar para a execución dos polígonos un, dous e tres do Plan parcial de San Paio de Navia (Vigo).

Antecedentes de feito:

1. O Pleno do Concello de Vigo acordou aprobar definitivamente o Plan parcial de Navia (BOP de Pontevedra do 20 de setembro de 1996). Esta aprobación levaba implícita a declaración da utilidade pública e interese social das obras, instalacións e servizos previstos, así como a necesidade de ocupación, para os efectos de expropiación dos bens e dereitos necesarios para a súa execución.

2. O 25 de abril de 2005, o Pleno do Concello de Vigo acordou aprobar definitivamente a modificación puntual primeira do Plan parcial de Navia (BOP de Pontevedra do 26 de outubro).

3. O día 29 de xullo de 2020, o Pleno do Concello de Vigo acordou aprobar definitivamente a segunda modificación puntual do Plan parcial de Navia promovida polo Instituto Galego da Vivenda e Solo (en diante, IGVS) (DOG núm. 183, do 9 de setembro) e na cal se establece como sistema de xestión a expropiación forzosa.

4. O IGVS redactou os proxectos de expropiación forzosa de cada un dos polígonos (tres) correspondentes á modificación puntual segunda do Plan parcial de Navia, tendo en conta as parcelas adquiridas tras procedementos públicos de adquisición de terreos, ben por permutas ou ben por compravendas xa formalizadas, agás a oferta pública realizada mediante a Resolución do director xeral do IGVS do 12 de abril de 2018 (DOG núm. 77, do 20 de abril), modificada, pola súa vez, pola Resolución do 8 de xuño de 2018 (DOG núm. 113, do 14 de xuño) pola que se acorda realizar unha oferta pública de adquisición dos terreos mediante permuta para o desenvolvemento dos polígonos un, dous e tres do solo residencial de San Paio de Navia porque no momento da redacción non está concluído o proceso.

Na citada expropiación actúa como Administración expropiante o IGVS e será para beneficio propio.

5. Os tres proxectos foron sometidos a informe da Dirección Técnica de Solo, Edificación e Calidade con data 17 de marzo de 2021.

Consideracións legais:

Primeiro. O procedemento do expediente expropiatorio para a execución dos polígonos un, dous e tres da modificación puntual segunda do Plan parcial de San Paio de Navia iníciase en virtude da antedita aprobación definitiva e de conformidade cos artigos 117.2 da Lei 2/2016, do 10 de febreiro, do solo de Galicia, e 290.2 do Decreto 143/2016, do 22 de setembro, polo que se aproba o Regulamento da Lei 2/2016, nos cales establecen que a expropiación se aplicará por polígonos completos e abranguerá todos os bens e dereitos neles incluídos.

Segundo. O IGVS goza de potestade expropiatoria forzosa, en virtude do artigo 4.2 da Lei 3/1988, do 27 de abril, de creación do IGVS.

Terceiro. Trátase dunha expropiación urbanística e, como tal, regulada na Lei 2/2016, do 10 de febreiro, do solo de Galicia; no Real decreto lexislativo 7/2015, do 30 de outubro, polo que se aproba o texto refundido da Lei do solo e rehabilitación urbana, e no Decreto 143/2016, do 22 de setembro, polo que se aproba o Regulamento da Lei 2/2016.

Cuarto. O artigo 85 da Lei 2/2016, do 10 de febreiro, do solo de Galicia, establece que a aprobación dos instrumentos de planeamento urbanístico implicará a declaración de utilidade pública e a necesidade de ocupación dos bens e dereitos afectados para os fins da expropiación ou imposición de servidumes.

Quinto. O expediente formúlase polo procedemento de taxación conxunta e de acordo co disposto nos artigos 117 e 118 da Lei 2/2016; 42 e seguintes do Real decreto lexislativo 7/2015; e 290 e seguintes do Decreto 143/2016.

Sexto. Para os efectos de fixación do prezo xusto, o seu pagamento ás persoas propietarias e a ocupación dos predios afectados, confeccionáronse os oportunos expedientes, de acordo coa normativa previamente citada. Estes expedientes tramitaranse polo procedemento de taxación conxunta e teñen por obxecto a expropiación polo IGVS dos bens e dereitos necesarios para a execución dos polígonos un, dous e tres da modificación puntual segunda do Plan parcial de San Paio de Navia.

Sétimo. A persoa titular da Dirección Xeral do IGVS é o órgano competente para asinar a presente resolución, en virtude das competencias conferidas polo artigo 12.2.k) do Decreto 97/2014, do 24 de xullo, polo que se establece a estrutura orgánica do IGVS.

De conformidade co previsto no artigo 118.2 da Lei 2/2016, do 10 de febreiro, do solo de Galicia,

ACÓRDASE:

Primeiro. Aprobar inicialmente os tres proxectos de expropiación forzosa polo procedemento de taxación conxunta dos bens e dereitos que se precisan ocupar para a execución dos polígonos un, dous e tres da modificación puntual segunda do Plan parcial de San Paio de Navia (Vigo).

Segundo. Someter a información pública durante o prazo dun mes, mediante inserción de anuncios no Diario Oficial de Galicia e nun xornal dos de maior circulación na provincia, os citados proxectos de expropiación forzosa, para que aquelas persoas que poidan resultar interesadas formulen as observacións e reclamacións que xulguen convenientes, en particular, no que atinxe á titularidade ou valoración dos seus respectivos dereitos.

Así mesmo, darase audiencia ao Concello de Vigo e notificaráselles ao Ministerio Fiscal e á Delegación Provincial do Ministerio de Economía e Facenda e, para os efectos previstos no artigo 44 da Lei 39/2015, do 1 de outubro, do procedemento administrativo común das administracións públicas, publicarase no taboleiro de edictos único do Boletín Oficial del Estado.

Igualmente, os expedientes estarán expostos durante o prazo dun mes á disposición das persoas interesadas no Concello de Vigo e nas oficinas da Área Provincial do IGVS en Pontevedra, sitas na rúa Alcalde Hevia, 7, Pontevedra, das 9.00 ás 14.00 horas, ademais da páxina web do IGVS, http://igvs.xunta.gal/. Para acceder de forma presencial aos citados organismos deberanse ter en conta os protocolos que cada entidade ten establecidos pola COVID-19.

Durante o antedito prazo, todas aquelas persoas ou entidades que se consideren afectadas poderán presentar as alegacións que consideren oportunas dirixidas á Área Provincial do IGVS en Pontevedra, no enderezo rúa Alcalde Hevia, 7, 36071 Pontevedra, así como nos lugares establecidos no artigo 16 da Lei 39/2015, do 1 de outubro.

Terceiro. Notificar individualmente as valoracións ás persoas que aparecen como titulares de bens e dereitos nos expedientes, mediante traslado literal da correspondente folla de prezo xusto e da proposta de fixación dos criterios de valoración, para que poidan formular alegacións no prazo dun mes, contado a partir da data de notificación.

Incorpórase como anexo a relación inicial de bens, dereitos e titulares.

Santiago de Compostela, 18 de marzo de 2021

Heriberto García Porto
Director xeral do Instituto Galego da Vivenda e Solo

ANEXO I

Relación inicial de bens, dereitos e titulares do polígono un

Núm. de orde

Referencia catastral

Persoas titulares

Superficie catastral (m2)

Afección

70-1

9736126NG1793N

Romero Fernández, Feliciano e outros

232

Parcial

71

9736127NG1793N

Pérez Estévez, José

3.170

Parcial

73

9838421NG1793N

Rodríguez Iglesias, Manuel

2.588

Parcial

75

9838402NG1793N

Cadavid Pérez, Francisco

377,44

Total

75-1

9838433NG1793N

Cadavid Pérez, Francisco

223.72

Total

76

9838401NG1793N

Promociones Navia 2008, S.L.

3.500

Total

77

9736113NG1793N

Cochón Barreiro, María Josefa e outros

454

Parcial

78

9736114NG1793N

Goberna Fernández, herdeiros de Marcial

1.663

Parcial

78-1

97361F0NG1793N

Goberna Fernández, herdeiros de Marcial

317

Parcial

79

9736115NG1793N

Díaz Díaz, Elena

398

Parcial

80

9736116NG1793N

Goberna, Julia

674

Parcial

81

9736117NG1793N

Abreu Janeiro, Elvira e outros

612

Total

81-1

97361E6NG1793N

Abreu Janeiro, Elvira e outros

501

Total

82

9736118NG1793N

Costas Costas, Mercedes

240

Total

83

9736119NG1793N

Dasilva Caballero, Julita María del Rosario e outros

251

Total

84

97361F5NG1793N

Dasilva Caballero, Julita María del Rosario e outros

503

Total

84-1

97361F6NG1793N

Dasilva Caballero, Julita María del Rosario e outros

502

Total

87

9736124NG1793N

Cid González, Carla e outros

2.457

Total

88

97361D1NG1793N

Alonso Mallo, herdeiros de Alejandro

820

Total

89

97361E8NG1793N

42 Norte, S.A.

4.758

Parcial

90-1

97361G0NG1793N

Rial Alonso, José Luis e outros

247

Total

93

0039804NG2703N

De la Torre, Alonso Adolfo e outros

1.304

Total

99

9935821NG1793N

Hermida Cambeiro, José Luis

436

Total

102

9935817NG1793N

Alonso Aldao, Eduardo e outros

1.351

Total

105

9935871NG1793N

Celaya Alonso, herdeiros de María Teresa

99

Total

107-1

9935880NG1793N

Rodríguez Díaz, José Luis

208

Total

109

9935824NG1793N

Rodríguez Díaz, José Luis e outros

473

Total

110

9936601NG1793N

Costas Mallo, herdeiros de Rafael

378

Total

114

0036101NG2703N

Descoñecido

51

Total

115

9935816NG1793N

Alonso Comesaña, José e outros

447

Total

116

9935815NG1793N

Costas González, María Consuelo

411

Total

117

9935814NG1793N

Estévez Comesaña, Luis e outros

180

Total

118

9935813NG1793N

Descoñecido

469

Total

119

9935810NG1793N

Giadas Nieto, Teresa e outros

1.096

Total

120

9935875NG1793N

Rey Goberna, Lisardo

309

Parcial

130

9935826NG1793N

Hermida Cambeiro, José Luis

299

Total

133

9935829NG1793N

Alonso

234

Total

141

9935857NG1793N

Alonso Rial, herdeiros de Florentino

718

Total

143

9935864NG1793N

Faria Comesaña, herdeiros de Carmen

678

Total

145

9935834NG1793N

Descoñecido

156

Total

147

9935836NG1793N

Rodríguez Costas, herdeiros de Alcira

40

Total

151

9935863NG1793N

Villar Méndez, Fernando e outros

161

Total

152

9935859NG1793N

Fernández Freire, Francisco Javier

817

Total

153

9935860NG1793N

Comesaña Pardellas, Dolores

419

Total

155

9935861NG1793N

Estévez Comesaña, Luis e outros

280

Total

157

9935840NG1793N

Villar Méndez, Fernando e outros

460

Total

159

9935842NG1793N

Comesaña Pazo, Emilio e outros

3.241

Total

162

9935852NG1793N

Pazo Palmas, Teresa de Jesús

290

Total

164-1

9935879NG1793N

Descoñecido

148

Total

165

9935850NG1793N

Carnero Costas, María del Pilar

486

Total

167

9935801NG1793N

Gestoso Rodríguez, herdeiros de José e outros

442

Total

168

9733816NG1793S

Alonso Alonso, Segunda Adela

855

Total

169

9733817NG1793S

Vigo Casa Promociones y Construcciones, S.L.

357

Total

173

9733849NG1793S

Pedra Seixa

188

Total

174

9733820NG1793S

Fernández Comesaña, Guillermo

243

Total

176

9935845NG1793N

Álvarez Davila, María Teresa del Carmen

559

Total

176-1

9935876NG1793N

Fernández González, herdeiros de Jesús

566

Total

177

9935844NG1793N

Fernández Santos, Manuel

790

Total

178

9935843NG1793N

Comesaña Alonso, María Estrella

441

Total

184

9933108NG1793S

Fernández Costas, Matilde

157

Total

188

9933105NG1793S

Pedrido Gómez, María Delia e outros

1.193

Total

189

9933104NG1793S

Fernández Comesaña, Guillermo

520

Total

190

9933103NG1793S

Costas Mallo, herdeiros de Rafael

560

Total

191

9933102NG1793S

Amoedo Correa, Ana Isabel

1.190

Total

192

9733825NG1793S

Saure, S.L.

603

Total

193

9733824NG1793S

Comesaña Pazo, José

845

Total

194

9733823NG1793S

Descoñecido

430

Total

195

9733822NG1793S

Goberna Costas, María Dolores

469

Total

197

9733815NG1793S

Martínez de Alegría Martínez de Ilarduya, María Elena

1.028

Parcial

205

9933116NG1793S

Descoñecido

89

Total

213

9733845NG1793S

Comesaña Pazo, María del Carmen

628

Total

220

9733808NG1793S

Vigo Casa Promociones y Construcciones, S.L.

374

Total

221

9733807NG1793S

Vigo Casa Promociones y Construcciones, S.L.

345

Parcial

226

9733843NG1793S

Comesaña Pazo, María del Carmen

457

Parcial

ANEXO II

Relación inicial de bens, dereitos e titulares do polígono dous

Núm. de orde

Referencia catastral

Persoas titulares

Superficie catastral (m2)

Afección

1-1

0039845NG2703N

Pedrosa Salgueiro, María Jesús e outros

370

Parcial

007

0039889NG2703N

Cameselle Costas, María del Carmen

125

Total

009

0039862NG2703N

Costas Barreiro, Manuel

155

Total

011

0039865NG2703N

Vidal Dorrio, Manuel

600

Total

013

0039857NG2703N

Amor de Dios Hermanas del Colegio de Dios en Alcabre

12.986

Parcial

016

0039868NG2703N

Lago Iglesias, Antonio e outros

968

Total

018

0039870NG2703N

Pérez Rodríguez, Dolores e outros

1.043

Total

024

0039887NG2703N

Descoñecido

404

Total

025

0039888NG2703N

Descoñecido

67

Total

026

0039856NG2703N

Portabales Lago, Ángel Luis e outros

180

Total

027

0039886NG2703N

Vázquez García, Antonio e outros

571

Total

028

0039876NG2703N

Portabales Lago, Ángel Luis e outros

494

Total

029

0039855NG2703N

Bea Costas, José Antonio e outros

598

Total

031

0039854NG2703N

Mariño Rodríguez, Víctor e outros

522

Total

032

0039853NG2703N

Alonso Costas, Carmen

151

Total

033

0039852NG2703N

Sobreira Fernández, Carlos e outros

142

Total

034

0039851NG2703N

Armada Costas, María del Carmen

155

Total

035

0039850NG2703N

Pastoriza Alonso, María Jesús

201

Total

036

0039885NG2703N

Alonso Costas, Pilar

589

Total

039

0039823NG2703N

Diocese de Tui-Vigo

2.532

Total

047

0039826NG2703N

Vigo Casa Promociones y Construcciones, S.L.

1.061

Total

048

0039883NG2703N

González Rodríguez, Antonio e outros

392

Total

051

0039819NG2703N

Agulla Grandal, María Eugenia e outros

508

Total

053

0039821NG2703N

Descoñecido

690

Total

054

0039822NG2703N

Blanco Rial, Florentina e outros

619

Total

055

0039884NG2703N

Brenlla Gerpe, José Antonio e outros

358

Total

065

0039810NG2703N

Goberna Costas, Rosa Carmen

2.540

Parcial

221

9733807NG1793S

Vigo Casa Promociones y Construcciones, S.L.

345

Parcial

226

9733843NG1793S

Comesaña Pazo, María del Carmen

457

Parcial

231

9733805NG1793S

Fernández Vilas, herdeiros de José

2.025

Total

232

9733804NG1793S

Fernández Costas, Matilde

399

Total

234

9733838NG1793S

Comesaña Pazo, María del Carmen

1.211

Parcial

235

9733851NG1793S

López Oliveira, Isabel

377

Total

236

9733833NG1793S

Goberna Fernández, herdeiros de Eugenio e outros

636

Total

241

9631821NG1793S

Álvarez, Pilar

81

Total

242

9631814NG1793S

Fernández Santos, Manuel

218

Total

245

9631811NG1793S

González Costas, José Antonio

1.310

Parcial

246

9631810NG1793S

Romero Magariños, Serafín e outros

1.915

Parcial

247

9631822NG1793S

Alonso Monroy, María Cristina

1.041

Parcial

250

9631804NG1793S

Fernández Alonso, José Jesús e outros

908

Total

255

9631817NG1793S

Landesa Losada, María Isabel

485

Total

270

9830230NG1793S

Costas Costas, Jesús

371

Total

271

9830231NG1793S

Couso Costas, Eduardo

381

Total

272

9830227NG1793S

Blanco Guerrero, José Antonio e outros

912

Total

274

9830228NG1793S

Alonso Comesaña, herdeiros de María Teresa e outros

1.149

Parcial

285

9729228NG1792N

Costas Carrera, Faustino

375

Total

289

9728406NG1792N

Comesaña Comesaña, Promotores, S.L.

1.458

Total

290

9729227NG1792N

Comesaña Comesaña, Promotores, S.L.

440

Total

293

9728404NG1792N

Costas Alonso, herdeiros de María Mercedes

3.319

Parcial

301

9827305NG1792N

Costas Costas, Mercedes

374

Total

304

9827321NG1792N

Landesa Losada, María Isabel

552

Total

305

9827325NG1792N

Goberna Costas, José Manuel

161

Total

306

9827320NG1792N

Rial Oliveira, Marina

453

Total

307

9827322NG1792N

Rial Oliveira, María Josefina

432

Total

313

9729233NG1792N

Romero Magariños, Serafín e outros

76

Total

315

9729235NG1792N

Landesa Losada, María Isabel

97

Total

315-1

9729237NG1792N

Comesaña Comesaña, María del Carmen

40

Total

319

9729222NG1792N

Prado Comesaña, Guillermo

143

Total

326

9827307NG1792N

Díaz Alonso, María Esther e outros

1.378

Total

327

9827308NG1792N

Conde Sampedro, María Josefa e outros

1.434

Total

328

9827319NG1792N

Costas Mallo, herdeiros de Rafael

1.158

Total

331

9827317NG1792N

Rial Prado, Martín e outros

161

Total

ANEXO III

Relación inicial de bens, dereitos e titulares do polígono tres

Núm. de orde

Referencia catastral

Persoas titulares

Superficie catastral (m2)

Afección

332

0339701NG2703N

Iglesias Pazo, Josefa Clara

671

Total

333

0340501NG2704S

Comesaña Pardellas, María Consuelo

685

Parcial

333-1

0340502NG2704S

Comesaña Pardellas, Dolores e outros

986

Total

334

0340607NG2704S

Iglesias Barreiro, José Manuel e outros

1.106

Parcial

335

0340606NG2704S

Pena Barreiro, Norberto e outros

1.039

Parcial

336

0340605NG2704S

Abalde Filgueira, Catalina de la Paz

1.231

Parcial

337

0340604NG2704S

Abalde Pérez, Jaime e outros

1.267

Total

338

0340602NG2704S

Álvarez Abalde, herdeiros de Elvira

2.310

Parcial

338-1

0340601NG2704S

Cámping Rías Baixas, S.L.

985

Parcial

339

0340603NG2704S

Abalde Pérez, Amadora

891

Total

340

0339702NG2703N

Gestiones Urbanísticas y de Negocios, S.L.

1.650

Total

341

0339703NG2703N

Descoñecido

472

Total

342

0339704NG2703N

González Costas, María Carmen

896

Total

344

0339706NG2703N

Comesaña Rodríguez, María Carmen e outros

951

Total

345

0339707NG2703N

Descoñecido

1.076

Total

347

0438528NG2703N

Portabales González, José Benito

536

Parcial

348

0438520NG2703N

Monroy Álvarez, María Mercedes e outros

437

Total

349

0438527NG2703N

López Lozano, María Ángeles e outros

612

Total

350

0438503NG2703N

Iglesias Fernández, María José e outros

484

Parcial

351

0438505NG2703N

Mouriño Álvarez, María Josefa

661

Parcial

354

0438521NG2703N

Álvarez Pazo, María Elena

521

Total

356

0438523NG2703N

Montenegro Costas, José e outros

541

Total

358

0438519NG2703N

Álvarez Abalde, herdeiros de Elvira

691

Total

359

0339709NG2703N

Melero González, José María e outros

1.412

Total

359-1

0339708NG2703N

Fernández Vilas, herdeiros de José

820

Total

360

0339716NG2703N

Descoñecido

1.337

Total

361

0339714NG2703N

Descoñecido

463

Total

362

0339713NG2703N

Descoñecido

100

Total

364

0339711NG2703N

Abalde Pérez, Amadora

956

Total

365

0339710NG2703N

Fernández Viéitez, herdeiros de Francisco Javier

944

Total

366

0536309NG2703N

Comesaña Pazo, María del Carmen

379

Total

367

0536310NG2703N

Mallo Hermida, Eladino

355

Total

368

0438508NG2703N

Alonso Álvarez, herdeiros de Ramón

562

Total

369

0438509NG2703N

Mallo Alonso, María del Rosario

507

Total

371

0438511NG2703N

Rodríguez García, Juan e outros

836

Parcial

373

0438513NG2703N

Barreiro Abalde, herdeiros de María e outros

2.371

Total

374

0438526NG2703N

Fernández Alonso, Adelaida

755

Parcial

375

0438514NG2703N

Pena Barreiro, María Mercedes

248

Total

376

0536308NG2703N

Costas Pérez, herdeiros de Adelina

228

Total

377

0536307NG2703N

Costas Pérez, Carmen

239

Total

378

0536306NG2703N

Costas Pérez, Jaime

237

Total

379

0536305NG2703N

Costas Pérez, herdeiros de Cándido

298

Total

380

0536304NG2703N

Oitabén Abalde, María Amparo

810

Total

381

0536303NG2703N

Abalde Pérez, Amadora

2.054

Total

382

0437901NG2703N

Fernández Fernández, Ventura

469

Total

383

0437902NG2703N

Costas Fernández, Carlos

489

Total

384

0437903NG2703N

González Alonso, María Flora

483

Total

386

0437905NG2703N

Concello de Vigo

492

Total

388

0536325NG2703N

Concello de Vigo

80

Total

390

0536312NG2703N

Abalde Ulla, Encarnación herdeiros

278

Total

393

0536315NG2703N

Bautista Araújo, María del Carmen e outros

240

Total

394

0536316NG2703N

Abalde Pintos, Emilio Cisneros e outros

1.217

Total

395

0536317NG2703N

Bautista Araújo, María del Carmen e outros

44

Total

399

0536324NG2703N

Concello de Vigo

132

Total

401

0535801NG2703N

Costas Pérez, herdeiros de Adelina

35

Total

402

0535802NG2703N

Alonso Vidal, María del Carmen

763

Total

403

0536321NG2703N

Álvarez Abalde, herdeiros de Elvira

472

Total

406

0535819NG2703N

Alonso Vidal, María del Carmen

586

Total

407

0535818NG2703N

Alonso Vidal, María del Carmen

141

Total

408

0535817NG2703N

Descoñecido

592

Total

416

0535807NG2703N

Fernández da Cruz, Desirée

103

Total

417

0535808NG2703N

Bautista Araújo, María del Carmen e outros

123

Total

418

0535809NG2703N

Bautista Araújo, María del Carmen e outros

119

Total

419

0535810NG2703N

Bankia, S.A.

540

Total

422

0535814NG2703N

Ferreiro García, María Concepción

697

Total

423

0535813NG2703N

Suárez Costas, María Victoria

208

Total

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2021/20210406/AnuncioC3Q2-180321-0001_gl.html

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Dosificar el pago de impuestos locales en cuotas mensuales en Vigo

El Concello de Vigo dispone de un sistema que permite fraccionar en 10 mensualidades la totalidad de los impuestos anuales municipales.

Los recibos que se pueden fraccionar son los siguientes:
– Impuesto sobre Bienes Inmuebles. («IBI»)
– Impuesto sobre Actividades Económicas.
– Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. («Rodaje»)
– Tasa por la recogida de la basura domiciliaria.
– Exaccións Unificadas Industriales.

A quién está dirigido

Podrán acogerse al sistema especial de pagos aquellos sujetos pasivos que reúnan los siguientes requisitos:

  1. A 31 de diciembre del año anterior no mantener con el Ayuntamiento de Vigo deudas o sanciones tributarias, salvo que se trate de deudas o sanciones tributarias que se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviera suspendida.
  2. Que la suma del importe total anual de la cuota tributaria sea superior a 200 euros (calculados en el ejercicio anterior). 
  3. El pago de todas las cuotas mensuales deberá realizarse mediante domiciliación bancaria en una cuenta de la que se sea titular.
  4. Figurar cómo sujeto pasivo del I.B.I. o del I.A.E.

Plazos

El interesado deberá presentar la solicitud antes del 31 de diciembre del ejercicio anterior a aquel en que se produzca la devindicación de los tributos fraccionados.

Observaciones

Cuotas: Efectuarán una estimación del importe de las cuotas que el interesado debe pagar en cada fracción, siendo las 9 primeras de igual importe, y determinándose la última por la diferencia entre la suma de la cuota anual a pagar correspondiente a todos los recibos fraccionados, menos el importe de las 9 primeras cuotas. Si de la liquidación practicada para obtener el importe de la última cuota resultara una cantidad a favor del contribuyente, se procederá a su devolución de oficio, sin necesidad de que el interesado lo solicite.

La solicitud de alta producirá sus efectos por tiempo indefinido, en tanto no sea solicitada por escrito la baja por el interesado, sea rechazada alguna de las cuotas por la entidad de crédito por cualquier motivo, o la Administración disponga expresamente su invalidez por razones justificadas. En estos casos, el sistema de pago pasará a ser el sistema normal, de acuerdo con los plazos señalados en el calendario del te contribuyente.

Los interesados deberán comunicar expresamente al servicio de Recaudación Municipal cualquier cambio de los datos contenidos en la solicitud inicial antes del 31 de diciembre de cada ejercicio, que producirá sus efectos en el ejercicio inmediato siguiente.

Pinchar aquí para toda la información completa en la web del Concello y tramitar

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El ministerio competente en vivienda ignora la solicitud del Defensor del pueblo

Como hemos comentado alguna vez en esta página, nos gustaría que las «hipotecas convenidas» de VPO anteriores a los planes de vivienda 2009 se modificaran para que se eliminara el índice de referencia al IRPH que publica el Consejo de Ministros y se sustituya por otro que no nos perjudique tanto como éste.
 
La Coordinadora de Afectados por la Subsidiación VPO presentó escrito al Defensor del Pueblo que a su vez intercedió frente al Gobierno recomendando, en Octubre de 2017 al Ministerio de Fomento, “Promover las modificaciones normativas oportunas para suprimir el IRPH Entidades como índice oficial de referencia para la aplicación como tipo de interés de los préstamos convenidos y sustituirlo por el Euribor u otro índice oficial, con el fin de corregir los efectos de cláusulas potencialmente abusivas.”
 
Ante la negativa de Fomento, esta mediación se repitió en Octubre de 2018, de forma que el Defensor del Pueblo se posicionó de nuevo a favor de los afectados, informando a las Cortes Generales del rechazo del Ministerio de Fomento a aplicar su recomendación en la que se pedía sustituir el tipo de interés aplicable a la vivienda protegida, basado en el IRPH, por el Euribor “con el fín de corregir los efectos de las cláusulas potencialmente abusivas.»
 
De nuevo en Marzo de 2020, tras la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo el Defensor del pueblo solicita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital que inicie el estudio de establecer un «sistema extrajudicial al que puedan acudir los afectados por el Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios».
 
La respuesta del gobierno ha llegado saliéndose por la tangente y echando balones fuera. Dicen que ellos no son competentes para regular el IRPH cuando lo que se le pedía es que el gobierno modifique la legislación NO SOBRE EL IRPH sino sobre que el IRPH sea usado como referencia en la publicación de los índices de nuestras hipotecas, para lo cual el gobierno sí que es competente.
 
Y, en este punto, el Defensor del Pueblo informa que no ha sido posible obtener una resolución de la Administración Pública adecuada a la propuesta que se le dirigió, y que se incluirá este asunto en el informe anual a las Cortes Generales. Del mismo modo da por FINALIZADAS las actuaciones.

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