Nuevos índices 2018 para las “hipotecas convenidas” de los planes de vivienda

El Consejo de Ministros de este pasado viernes aprobó el acuerdo de modificación de los tipos de interés aplicables a quienes tienen una hipoteca de un piso protegido mediante el marco de “hipoteca convenida” en algunos de los planes de vivienda recientes.

Esta actualización supone un ligero incremento de 0,02-0,01% aproximadamente en los indicadores de los planes más recientes, lo que supone que casi no varíe la cuota típica mensual para un piso al que le queden unos 20 años de amortización pendiente. Es bastante menos de lo que ya se reflejó el pasado año a pesar de que los índices referidos a Euribor siguen cayendo a negativos, el IRPH se sigue manteniendo convenientemente alto por parte de la banca.

Así se nos comunica en la referencia del Consejo de Ministros del 13/4/2018:

REVISIÓN DE LOS TIPOS DE INTERÉS DE LOS PRÉSTAMOS CONCEDIDOS EN EL MARCO DEL PLAN DE VIVIENDA

El Consejo de Ministros ha adoptado un Acuerdo por el que se revisan y modifican los tipos de interés efectivos anuales vigentes para los préstamos cualificados o convenidos concedidos en el marco del Programa 1993 del Plan de Vivienda 1992-1995, Programa 1997 del Plan de Vivienda 1996-1999, Plan de Vivienda 1998-2001, Plan de Vivienda 2002-2005 y Plan de Vivienda 2005-2008.

En los Planes Estatales de Vivienda 1992-1995, 1996-1999, 1998-2001, 2002-2005 y en el 2005-2008, se establecieron los criterios para fijar los tipos de interés efectivos anuales, iniciales, de los préstamos a conceder por las entidades de crédito, en el marco de los convenios de colaboración, suscritos por éstas, con los ministerios correspondientes, competentes en materia de vivienda, para financiar las actuaciones declaradas como protegidas en esos planes, así como, en algún caso, sus revisiones.

En las normativas reguladoras de dichos planes, se establecieron también, los momentos, fechas o periodicidad y los métodos aplicables para efectuar las revisiones establecidas, de los tipos de interés efectivos anuales, aplicables a los préstamos cualificados y convenidos.

Los nuevos tipos fijados serán los que aparecen en el cuadro siguiente:

PLANES Y PROGRAMAS ACUERDO CONSEJO MINISTRO VIGENTE TIPO DE INTERÉS VIGENTE TIPO DE INTERÉS REVISADO 2018
Plan 1992-1995: Programa 1993 ACM 22-03-2013* 2,70 % 1,63 % **
2,85 % 1,72 % **
Plan 1996-199: Programa 1997 ACM 13-03-2015* 3,30 % 1,72 % **
Plan 1998-2001 ACM 26-02-2016* 1,91 % 1,91 % **
Plan 2002-2005 ACM 31-03-2017* 1,74 % 1,76 % **
Plan 2005-2008 ACM 31-03-2017* 1,75 % 1,76 % **

* La periodicidad de la revisión de los tipos de interés depende de lo regulado en cada Plan Estatal. Ello está regulado en la normativa específica.

** Los tipos de interés del año 2018 se han calculado teniendo en cuenta los tipos de referencia del mes de enero, publicados en el BOE por el Banco de España el 20 de febrero de 2018.

Las entidades de crédito que concedieron los correspondientes préstamos cualificados o convenidos a que se refieren los apartados anteriores aplicarán el nuevo tipo de interés establecido sin coste para los prestatarios.

La normativa vigente que regula el funcionamiento de los distintos Planes de Vivienda establece que en el primer trimestre de cada año procede revisar y modificar, en su caso, el tipo de interés efectivo anual aplicable a los préstamos concedidos en los mencionados programas. Los criterios que se siguen para la revisión de estos tipos se fijan en la normativa de cada uno de los planes de vivienda. Su determinación está reglada.

Con respecto a la anterior actualización, cuyo acuerdo se aprobó en Consejo de Ministros del 31 de marzo de 2017, bajan, como se constata en el presente Acuerdo, los tipos de interés de los Planes de Vivienda anteriores a 1998, ninguno de los cuales está vigente en nuestro barrio en el cual la mayor parte de «afectados» están referidos a planes de 2002-2005 y 2005-2008. Los planes de 2009 y siguientes o bien contemplan referencias respecto a Euribor con una horquilla de diferenciales aplicable a cada comprador, o bien no contemplan ningún tipo de subsidiación en las hipotecas concertadas para la compra de la vivienda protegida.

Tipo de interés revisado

Recordamos a continuación los últimos índices publicados a título histórico

Programa 1995 (Plan 1992-95): 2018: 1,63% (2014: 2,96% / 2013: 2,70%)

Programa 1998 (Plan 1996-1999): 2018: 1,72% (2015: 3,30% / 2014: 2,50% / 2013: 2,60% / 2012: 3,30 % / 2011: 2,50 % / 2010: 5,02 %)
Plan Estatal 1998-2001: 2018: 1,91% (2016: 1,91% / 2014: 3,05 %)
Plan Estatal 2002-2005: 1,76% (2017: 1,74% / 2016: 1,87% / 2015: 2,37% / 2014: 2,97% / 2013: 2,76% / 2012: 3,38 % / 2011: 2,57 % / 2010: 2,58 % / 2009: 3,74%)
Plan Estatal 2005-2008: 1,76% (2017: 1,75% / 2016: 1,90% / 2015: 2,44% / 2014: 2,98% / 2013: 2,78% / 2012: 3,39 % / 2011: 2,57 % / 2010: 2,60 % / 2009: 4,01%)

La presión judicial a los índices relacionados con IRPH, que empieza a perder algunas batallas en España pero que se espera que salte a la arena del Tribunal Europeo de Justicia  para que dicte sentencia sobre la posible falta de transparencia, y con una mayor presión sobre la banca, no consiguen que el IRPH baje lo que debería esperarse para adecuarse a la realidad del mercado hipotecario actual, más aún con el Euribor en niveles tan bajos. Existen en Internet numerosas plataformas que reclaman que estos índices podrían estar siendo manipulados por la banca en tanto que son ellos los que establecen las referencias y, por tanto, podríamos estar pagando en nuestras hipotecas más de lo que realmente nos correspondería si no hubiera esa supuesta manipulación mediante acuerdos entre las entidades bancarias o incluso incluyendo en el cómputo los gastos y diferenciales que deberían excluirse de la ecuación.

Hace ya varios años comentamos que oficialmente el IRPH había sido eliminado como tal de las publicaciones del Banco de España como un índice de referencia ya que supuestamente iba a ser sustituido por un nuevo índice IRS, que, sin embargo, no parece haber influido ni destacado. El Banco de España sigue publicando mensualmente el índice IRPH del conjunto de Entidades sobre el que se realizan estos cálculos. Respecto a hipotecas referenciadas a estos índices (Cajas, Entidades, etc.) hay numerosas sentencias que avalan que los índices son manipulados y que son faltos de transparencia por la propia banca y por tanto se consideran abusivos. Crece este tipo de demandas de hipotecas particulares que acabaron el pasado año en los tribunales europeos que sentenciaron no ajustarse a la legislación europea y dando cuenta de su anómalo funcionamiento, no obstante los principales partidos apostaron por anular la comunicación oficial de las conclusiones desde el organismo europeo encargado del estudio hacia el gobierno de España, lo cual frena el mecanismo que debería proteger a los usuarios de la continuidad de la aplicación de estos índices en nuestras hipotecas.

No obstante, es de esperar que se siga luchando en este sentido de conseguir una mayor transparencia con el índice o su sustitución por otro. Los que estamos sometidos a este sistema de cálculo publicado anualmente por el gobierno estaremos aún sin posibilidad de reclamar ningún tipo de devolución o compensación ni de cambio del sistema establecido en tanto la justicia no dictamine en contra del índice como sí lo ha hecho ya contra las cláusulas suelo y contra los gastos de constitución de las hipotecas y los de Actos Jurídicos Documentados.

En el acuerdo de aprobación del Consejo de Ministros no se ha incluido la revisión y modificación de los tipos de interés de los préstamos convenidos concedidos al amparo de los sucesivos Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 y siguientes, al revisarse, en este caso, automáticamente con referencia al euribor.

En cuanto se publique en el BOE habrá que dejar un plazo de 30 días y a partir de ahí las renovaciones de las cuotas de las hipotecas incorporarán las subidas establecidas.

Enlace al resumen del Consejo de Ministros de 13/abril/2018

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