Bajan los tipos de interés de las hipotecas convenidas

El Consejo de Ministros de hoy ha acordado los nuevos tipos de interés que se aplicarán dentro de unos días a quienes firmaron hipotecas por el convenio de alguno de los planes de vivienda hasta 2008. Los planes de vivienda de 2009-2012 se rigen por el sistema de un diferencial variable a sumar al euribor vigente en cada renovación.
Los intereses aplicados son algo inferiores a los vigentes hasta el momento, aunque el cambio no es muy significativo, excepto para los del plan de 1996, que no es aplicable a la vecindad en la que se empezaron a aplicar este tipo de criterios a partir del plan 2002-2005

REBAJADOS LOS TIPOS DE INTERÉS DE LOS PRÉSTAMOS SOBRE VIVIENDAS PROTEGIDAS DE PLANES ANTERIORES

Bajan todos los tipos de interés de los planes estatales de 2002 a 2008 y del programa 1996, algunos de los cuales llegan a reducirse hasta la mitad.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el cual se revisan y modifican los tipos de interés efectivos de los préstamos convenidos que fueron concedidos en el marco de los planes estatales de vivienda 2002-2005 y 2005-2008, así como del programa 1996 (del Plan 1996-1999).

La normativa vigente que regula el funcionamiento de los distintos Planes de Vivienda establece que en el primer trimestre del año 2011 procede revisar y modificar, en su caso, el tipo de interés efectivo anual aplicable a los préstamos concedidos en los mencionados programas.

Tras la revisión, todos los tipos de interés analizados se han modificado a la baja, lo que redundará en reducciones de las cuotas a pagar por los titulares de los préstamos, como se observa en la siguiente tabla:

Tabla nuevos intereses

El número de beneficiarios por la bajada de estos tipos de interés supera el medio millón. Dado el sistema de amortización de estos préstamos, el efecto de un descenso del tipo de interés tenderá a ser más notable cuanto más recientemente se haya iniciado la amortización del préstamo.

Procedimiento de cálculo

Los criterios que se siguen para la revisión de estos tipos se fijan en la normativa de cada uno de los Planes de Vivienda. Con carácter general, la revisión se realiza a partir de un tipo medio de referencia, obtenido como promedio del tipo de referencia de los préstamos hipotecarios del conjunto de entidades financieras publicado por el Banco de España en los últimos meses.

Posteriormente, este tipo de referencia se pondera por un coeficiente reductor, con lo que se consigue que los tipos de interés que se aplican a los préstamos convenidos en el marco de los Planes de Vivienda resulten, en promedio, más favorables a los ciudadanos que los préstamos del mercado libre.

En el acuerdo aprobado por el Gobierno no se ha incluido la revisión de los tipos de interés de los préstamos acogidos al vigente Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, dado que estos préstamos se actualizan automáticamente, ya que están referenciados al Euribor.

Aunque puede variar de unos a otros, los que quieran apreciar el cambio deberán esperar a la publicación de la medida en el BOE, que puede demorarse desde unos días a un par de semanas. Una vez publicado en el BOE, tendremos que dejar pasar 30 días y, según lo que defina la escritura de cada hipoteca, los nuevos intereses se aplicarán en la primera renovación que se produzca pasados esos 30 días de la publicación, o en la siguiente liquidación. Volveremos a publicar información cuando se publique en el BOE.

Para ver la referencia del Consejo de Ministros y otras medidas siga este enlace.

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